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Primeros pasos a seguir tras el fallecimiento de un familiar. 

Lo primero que debe saber es que, hasta pasadas dos semanas desde el fallecimiento, no va a poner empezar los trámites de la herencia. 

En estas dos semanas la funeraria entrega a la familia el certificado de defunción original. Este certificado detalla los datos del fallecido y los del fallecimiento (lugar, fecha, hora, etc.) En el certificado de defunción no se detallan las causas de fallecimiento, por lo que no hay que confundirlo con el certificado médico de fallecimiento, el cual no será necesario para tramitar la herencia. 

Es importante tener en cuenta cuantos certificados originales de defunción le ha entregado la funeraria, ya que es recomendable pedir al menos tres certificados originales, para quedarse siempre con uno de ellos y poder entregar el resto a los organismos que lo soliciten.   Si quiere obtener más información sobre el certificado de defunción, consulte nuestras publicaciones y encontrará más información al respecto. 

Con el certificado de defunción original, ya puede pedir cita en el Ministerio de Justifica para solicitar el certificado de últimas voluntades. El certificado de últimas voluntades nos dirá si el fallecido hizo testamento, y ante que Notaría.  Si quieres saber más sobre la obtención del certificado de últimas voluntades, tenemos una publicación que explica al detalle como conseguirlo y los documentos necesarios para ello. 

Este es un momento clave, ya que, dependiendo del resultado del certificado de últimas voluntades, deberemos de tomar uno de los siguientes caminos:

-Búsqueda del testamento: Si en el certificado de últimas voluntades aparecen los datos del testamento, significa que el fallecido efectuó testamento en vida y aparecerá en el certificado, del nombre del Notario y el lugar donde efectuó el testamento. Ahora el siguiente paso será localizar la Notaría donde se efectuó el testamento.   Puede ocurrir que el Notario donde el fallecido efectuó el testamento se haya jubilado o que ya no trabaje en la misma ciudad, en este caso, te recomiendo que acudas a cualquier notaria del mismo municipio, ya que algunas de ellas son archivo notarial y guardan escrituras de otros notarios, y otras podrán guiarte en la búsqueda del archivo donde se encuentra el testamento. 

Sobre el testamento es importante recordar, que solamente los nombrados en el testamento podrán solicitar copia autorizada del mismo. 

También cabe la posibilidad de que el heredero ya tenga el testamento, porque el fallecido se lo hubiera entregado antes del fallecimiento, o por encontrarlo entre sus documentos. 

-Firma del acta de herederos: Si en el certificado de últimas voluntades se acredita que el fallecido no efectuó testamento, cualquiera de sus herederos legales deberá acudir a la Notaria para efectuar el acta de herederos ( ¡Cuidado! no todas las Notarias pueden hacer este trámite, aconsejamos acudir a la Notaria del municipio donde residía la persona fallecida, ya que normalmente es la competente para efectuarlo). 

El acta de herederos es un documento que se efectúa ante notario, en el cual se le presentan al notario todas las pruebas que acrediten quienes eran los parientes más cercanos al fallecido, por ejemplo, se presenta el libro de familia, certificados de matrimonio y/o nacimiento de los hijos, etc.  Una vez el notario sabe quienes son los herederos legales del fallecido, efectúa el acta ante dos testigos, quieres asegurarán que los herederos legales son los nombrados, y no otros. 

Una vez obtenido el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento, deberá recopilar un documento que acredite la titularidad de cada uno de los bienes del fallecido, por ejemplo:

  • Si era titular de una vivienda, la escritura de propiedad o en su caso un certificado ( nota simple) del registro de la propiedad. 
  • Si era titular de un vehículo, la ficha técnica y el permiso de circulación. 
  • Si era titular de una cuenta bancaria, el certificado de saldos a fecha de fallecimiento, que lo expide el banco, al aportarle el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento o acta de herederos. 

Una vez recopilados todos los documentos, le aconsejo acudir a un abogado experto en herencias, ya que le podrá asesorar sobre como adjudicar la herencia a los herederos de la forma más sencilla y le calculará los impuestos para que pague lo menos posible. 

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